G.I.T.S. TE INFORMA
El pasado 3 de Noviembre recibimos respuesta por parte de la Empresa a la reunión que se mantuvo el 19 de Octubre con el Comité, en la que se le trasladaron las propuestas de los grupos UGT y GITS . Se llegaron a una serie de acuerdos que hubieran sido de aplicación inmediata, en el caso de aprobación del Acta de la reunión y que os detallamos: Se acuerda poder disfrutar de los dos días de permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización, etc. (art. 22.b Convenio TIC) en el plazo máximo de 10 días naturales desde el hecho causante . Asimismo, se acepta por la Empresa que, en caso de que el hecho que genera el permiso retribuido ocurra pasadas más de la mitad de la jornada de ese día, no cuente como inicio del permiso retribuido . En el caso que el trabajador se encuentre antes de la mitad de su jornada, si desea ausentarse, se le concederá por su responsable pero opta...